El fenómeno de la hipersexualización consiste en la exaltación de los atributos sexuales de una persona por encima de otras cualidades.
En el caso de niñas y adolescentes la hipersexualización puede ser la raíz de formas de violencia más extremas; por ejemplo, se estima que una de cada 10 mujeres de 12 a 17 años en México ha recibido mensajes, vídeos sexuales o amenazas en internet, y que 3.8 por ciento de las adolescentes les publicaron información íntima o falsa en redes sociales para dañarlas. Así como, que el 25% de las y los adolescentes entre 12 y 17 años ha sido víctima de alguna forma de ciberacoso.
La niñez y adolescencia necesitan que se les enseñe a través del ejemplo que todo lo que publican en línea, desde los comentarios e imágenes, hasta los vídeos compartidos en redes sociales no se puede considerar ya, como materiales privados. Del mismo modo, deben ser conscientes que estos contenidos, pueden exponer a niñas, niños y adolescentes a riesgos como la extorsión o a ser intercambiados por extraños en línea.
Si niñas y niños identifican que deben expresarse y vestirse como personas adultas (con base en estereotipos sexualizados) para recibir atención y aprobación, crecerán en busca de esa gratificación, alejándose de su propia personalidad y buscando siempre encajar en una etapa que nos les corresponde, lo que acelerará su transición de la niñez a la adolescencia.
Por ello, algunas recomendaciones para evitar la hipersexualización con niñas y niños. Hay que evitar:
- Incentivar a niñas y adolescentes a usar maquillaje, vestimenta o accesorios que les hagan ver como una persona adulta.
- Preguntarles si tienen novia o novio o decirles que siempre deben de verse bonitas o guapos.
- Fomentar expresiones o bailes con movimientos sexuales.
- Besarles en la boca o presionarles para que besen a alguien (incluso si es un familiar).
Es importante que las personas adultas conozcan que en México la Ley general de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes señala en sus artículos 76 y 77 su derecho a la intimidad personal, familiar, y a la protección de sus datos personales.
Finalmente por ello, quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, deberán orientar, supervisar y, en su caso, restringir, las conductas y hábitos de niñas, niños y adolescentes que menoscaben su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.
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