De acuerdo al recurso interpuesto por Óscar Avalos Verdugo, controvirtió la sentencia aprobada por la Sala Regional el 29 de agosto, la cual se le notificó en la misma fecha, en las cuentas de correo electrónico que especificó en diversos escritos presentados ante dicha sala responsable.
Afirmó la Sala Superior que “si la demanda se presentó el dos de septiembre siguiente, es evidente su extemporaneidad al presentarse fuera del plazo legal de tres días y, por lo tanto, lo procedente es desecharla de plano”.
Óscar Avalos Verdugo, había recibido una regiduría plurinominal para ser parte del Cabildo del Ayuntamiento de Tecomán, luego de haber quedado como primera minoría en la elección al haber alcanzado el 3% de la votación emitida y encabezar la fórmula de candidatas y candidatos, como aspirante a presidente municipal.
Una vez analizado todos los documentos, la Sala Superior determinó desechar de plano la demanda al haberse presentado de manera extemporánea, así, por unanimidad de votos lo resolvieron las magistradas y los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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