Ante esta situación, la presidenta del TEE, Ana Carmen Pimentel González, precisó que:
- Se califica como fundado el agravio interpuesto por la coalición “Va por Colima”.
- Con base en lo determinado en la resolución ejecutoria se declara la nulidad de la elección de miembros del ayuntamiento de Tecomán, celebrado el pasado 6 de junio, dentro del proceso electoral 2020-2021 y se revoca la constancia de mayoría emitida el Consejo Municipal Electoral de Tecomán al partido político Morena el pasado 17 de junio.
- En virtud de la declaración de nulidad decretada y con base en las determinaciones de la presente sentencia, en fundamento con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 141 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 86 apartado B, cuarto párrafo de la Constitución Política del estado de Colima, el ciudadano Elías Lozano Ochoa no podrá participar en la elección extraordinaria que para tal efecto convoque el Poder Legislativo del estado.
Este fallo debe ser notificado tanto al Congreso del Estado como al Instituto Electoral del Estado, dentro del término de 24 horas para que procedan a lo que señala la legislación correspondiente.
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